domingo, 5 de julio de 2020

Pagar en efectivo un coche nuevo

Hay mil formas de comprar coches nuevos en efectivo contante y sonante, que de algo han de vivir los asesores en la materia.

Ejemplos:

· ¿Sabéis cual es el límite para pagos en efectivo en los países africanos? No, padre. Nada te impide comprar un coche nuevo en países subsas y luego importarlo ya como vehículo usado.

· ¿Y si el vendedor no declara la venta? Hay concesionarios que lo mismo estarían interesado en ahorrarse ese IVA. Imaginemos un rent a car que lo compra a su nombre y luego te lo revende, aceptando como parte de pago un ficticio vehículo usado de similar valor. ¿Sabes lo que cuesta el papeleo de tener tu propia empresa de alquiler de vehículos y luego darla de baja al año? No, padre. No lo sabes.

· En Alemania el límite ahora es de 10.000 (antes eran 30.000) y por supuesto admiten coches usados como parte de pago. Compras uno y lo vendes arrimando 2.500 en España, compras otro y le arrimas otros 2.500 y lo vendes. Y así sucesivamente. También puedes comprar uno nuevo, entregando cuatro o cinco coches usados + los 2500 de límite.

· Compras el coche como si estuviera siniestrado, por un valor declarado prácticamente como para achatarrar. Hace falta obviamente, la complicidad del vendedor.

· Compras un yate matriculado o con bandera o pabellón en Panamá, Liberia, Malta o similares pagando en efectivo, y luego lo vendes en España cobrando por transferencia y con ese dinero ya compras tu coche nuevo.

Y miles de formas más que no recuerdo.

Por favor, no correos pidiendo asesoría. Estos ejemplos son de haber visto muchas series de narcos y blanqueo.

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Opinión de ik1:

Voy a aclararos algunas cosas para que no haya lugar a confusión:

El límite de los 1000 € para pagos en efectivo no ha entrado en vigor ni tiene fecha definida de entrada en vigor. Se ha comentado la medida indicando que se aprobaría con cierta inminencia pero a día de hoy el límite vigente son 2.500 €.

Este límite es para operaciones en las que al menos una de las partes tenga la condición de empresario o profesional, es decir, como ya se ha dicho si la operación se realiza entre particulares (personas físicas que no actúen como empresarios o profesionales) dicho límite no opera y puede hacerse la operación de compraventa del vehículo en efectivo.

El límite es por operación y no puede fraccionarse en pagos en efectivo menores de 2500 € (es decir si se compra un coche a un concesionario de 10.000 € no sirve hacer 5 pagos en efectivo de 2000 €, se estaría incumpliendo la norma, salvo que el concesionario ingresase cada una de esas entregas en una cuenta bancaria de la que sea titular, indicando además que el ordenante es el comprador del vehículo, cosa que hará porque el incumplimiento de la obligación de pagos en efectivo es sancionable y hacienda puede imponer la sanción a cualquiera de las dos partes intervivinientes en la operación a su propia voluntad, con lo que el concesionario no se va a arriesgar a una hipotética sanción administrativa).

Aunque ya queda medio claro, la forma de comprar un coche pagando en efectivo es tan simple como disponer de un número de cuenta del concesionario antes de ir a recoger el vehículo, ir a una sucursal de ese banco y hacer un ingreso en efectivo por el precio total del vehículo indicando en el concepto "pago vehículo marca xxx modelo yyyy" y, por supuesto, identificándose el comprador como ordenante del ingreso.

La procedencia del dinero es tema aparte y resulta indiferente que provenga del colchón o que se tuviese previamente en la cuenta bancaria (si acaso el tenerlo en la cuenta beneficiaría en caso de poder acreditar que el dinero proceda de un determinado ejercicio fiscal a los efectos de alegar una hipotética prescripción de las actuaciones inspectoras en caso de que pudiese justificarse que los indicios de "capacidad económica" proceden de ejercicios fiscales ya prescritos). Es decir, si yo ingreso en mi cuenta un dinero del que dispongo en efectivo aunque no haga ninguna operación con él hacienda puede pedirme igual justificación de su procedencia. Evidentemente cuanto más movimiento y cantidades más grandes más puede saltar la liebre de las comprobaciones, pero como digo si la procedencia del dinero es legítima no hay porqué preocuparse.

Para el que hablaba de que la presunción de culpabilidad y la inversión de la carga de la prueba, si bien es cierto que es el contribuyente el que debe acreditar la procedencia del dinero o correspondencia con ingresos previos, en un caso en el que quedase razonablemente claro que el dinero procede de una retirada previa (que pueda justificarse que no ha sido gastada en otras cosas) y se vuelve a ingresar, aunque un inspector se ponga muy riguroso y pretenda liquidar un acta por incremento patrimonial no justificado, cabe la posibilidad de recurso al Tribunal Económico Administrativo y subsiguientes con bastantes posibilidades de éxito ya que aunque la prueba recaiga en los contribuyentes hacienda tiene que aportar evidencias que pongan de manifiesto la imposibilidad de que ese dinero proceda de fuentes "lícitas".

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Opinión de MaVe:

te sale más caro, pero creo que podría ser una opción:

 Habla con alguien que pueda comprarse el coche.
 Esa persona lo compra con su dinero del banco.
 Acto seguido te lo vende a ti de segundamano (se lo puedes pagar en cash sin problema entre particulares)
 Le pagas un plus por las molestias.
 Esa persona ingresa ese dinero al banco, perfectamente justificable tras la venta de su coche.
 Tienes tu coche más caro por pagar el cambio de nombre e ITP, + la comisión de tu amigo. Pero lo tienes habiendo pagado todo en B y comprado un coche nuevo.


Aqui el estado pilla doble cacho.

Tu ves justo que se pague un ITP en cada traspaso de un vehículo? Porque yo lo veo injusto. Y en la fórmula que le he dado hacienda se embolsará el ITP by the face.

Si tu compras un coche de 4ª mano, entiendo que pagues el gasto del cambio de nombre. Y que se pague cada vez que se cambie de nombre. Pero el ITP? por qué? a caso el primero que compró el coche nuevo no pagó su IVA?
El estado en esto de los coches se embolsa un dineral by the face. Empezando por las carísimas y mierdosas revisiones de la ITV. Que para lo que hacen podrían valer la mitad. Por no hablar que tu le pones a tu coche unos frenos mucho mejores y oh!! no pasas la ITV, eres poco menos que un delincuente y llevas algo superpeligrosisisimo instalado, pero claro, enseñas un billetito verde en concepto de "homologación" y sin necesidad de tocar esa pieza, lo que antes era peligrosisimo ahora resulta ser lo más seguro del mundo mundial.

Y luego el impuesto de circulación, que te permite utilizar las carreteras y vias de los poblados, pero eh? ahora tenemos que pagar por aparcar? por qué? no pago ya un impuesto que me permite utilizar la via? y en ella se contempla también el estacionamiento. A callar y pagar.

Ahora, resulta que van a capar el acceso a los pueblos en función de si llevas matrícula par o impar. Claro que sí. Cuando ellos homologaron y permitieron la venta de estos motores. Algunos dicen que les van a poner fecha de retirada a los coches viejos y que a partir de cierto año ya no se podrá circular con él. Genial, nadie me dijo nada cuando lo compré. Cambian las normas a su antojo.

Por no hablar de carreteras en nefasto estado culpables de accidentes y que no arreglan por más millones que recaudan con multas.

O de las autopistas de peaje AP-7 y AP-2 de cataluña, pagadas y repagadas, que no tienen vergüenza, la concesión la van renovando una y otra vez. Y cuando las pusieron dijeron que se pagaría solo unos años hasta que se pagase el coste de las obras, de eso ya han duplicado los años, pagado las obras, ganado millones de beneficios y ahí siguen, con peajes.

Los coches son los huevos de oro del estado.

Una mierda de pais con una red ferroviaría excepcional y que sigue siendo los camiones el principal medio de transporte, destrozando carreteras por pasar tantisimos camiones de gran tonelaje. En otros paises con menos red ferroviaria llevan mucha más mercancía mediante tren que por carretera.

Así nos luce el pelo.

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